Carta noviembre 2024: “Novedades Fiscales 2025”

Escrito por

diverinvest

Publicado

26/11/2024
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A finales de la semana pasada, el Gobierno logró, finalmente, un acuerdo para impulsar una reforma fiscal en 2025 (que en algún caso afectara también al ejercicio 2024) mediante la aprobación de un Proyecto de Ley.

Sin ánimo de ser exhaustivos, hay que señalar que no se incluyen las polémicas medidas sobre el cambio del régimen fiscal de las SOCIMI ni tampoco la eliminación de la exención de IVA a las primas de seguros sanitarios privados por el momento, pero se aprueba el denominado Impuesto sobre el margen de Intereses y  Comisiones de determinadas entidades financiera (Impuesto a la banca), se eleva el Impuesto al tabaco y se crea un nuevo impuesto sobre los cigarrillos electrónicos, pero queda aplazado el Impuesto a las energéticas.

De entre las medidas que contiene el proyecto, brevemente, las principales novedades son las siguientes:

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: Con efectos desde el 1 de enero de 2025, se aumenta la tributación de las rentas del ahorro del 28% al tipo del 30% a partir de 300.000 €, este tipo impositivo estaba en el 23% hasta el ejercicio 2020, y se ha ido aumentando progresivamente. Esta medida afecta no solo a los rendimientos de carácter financiero sino a cualquier ganancia patrimonial por la venta de activos y derechos de los contribuyentes.  

Impuesto sobre sociedades: También para periodos que se inicien a partir del 1 de enero de 2025 se establecen una serie de modificaciones y mejoras técnicas al denominado Impuesto Complementario para garantizar un nivel de tributación mínimo del 15% sobre beneficios para multinacionales y grandes empresas de acuerdo con la Directiva de la UE 2022/2523 (afecta a las entidades con un importe neto de la cifra de negocio igual o superior a 750 millones de euros en, al menos, dos de los cuatro últimos ejercicios inmediatamente anteriores)

Asimismo, se incrementa el porcentaje de reducción de la reserva de capitalización del 15% al 20% y se modifican los tipos de gravamen del IS, que quedan rebajados para las empresas de reducida dimensión (“ERD”) y microempresas, a tipos impositivos del 17%-20%.

Finalmente, con efectos en períodos impositivos iniciados a partir del 01-01-2024, se reintroducen, para aquellos contribuyentes con un importe de la cifra de negocio a partir de 20 millones de euros, los límites para la compensación de Bases Imponibles Negativas (BINS) que quedará limitada del 50% o 25% (en lugar del 70%), y la aplicación de las deducciones para evitar la doble imposición con el límite conjunto del 50% de la cuota íntegra.

Se prorroga por dos años más (períodos impositivos de 2024 y 2025) la medida consistente en la no inclusión del 50% de las bases imponibles negativas individuales (BINS) en la Base Imponible Consolidada de los Grupos de Consolidación Fiscal.

Respecto a Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) el Gobierno se compromete a impulsar la introducción de un IVA del 21% para gravar los arrendamientos de vivienda de corta duración para fomentar su transformación en viviendas para el alquiler permanente en zonas de saturación turística.

 
Laura Bujons
Abogada, Dpto. Fiscal y Legal de DiverInvest